¿Hay que ceder el paso a un cortejo fúnebre en California? Esto es lo que dice la ley
Al cruzarse con un cortejo fúnebre, los conductores pueden sentirse confusos sobre lo que deben hacer. ¿Es cortés ceder el paso o existe una ley?
Esto es lo que dice la ley de California sobre ceder el paso a los cortejos fúnebres:
Ley de California
La Sección 2817 del Código de Vehículos de California dice que los conductores deben obedecer las señales de tránsito o las instrucciones dadas por un oficial de paz que escolte un cortejo fúnebre, si el oficial de paz está en uniforme de oficial de paz, y está en el proceso de escoltar un cortejo fúnebre.
La Sección 7 del Manual del Conductor de California también establece que no se debe “interferir con un cortejo fúnebre” y que este tiene derecho de paso. Puedes ser multado si interfieres.
El agente Ricardo Ortiz, portavoz de la Patrulla de Carreteras de California (CHP), dijo que las ordenanzas y multas varían de una ciudad a otra.
“Legalmente, [esta ley] solo entra en juego cuando agentes uniformados están escoltando la procesión”, dijo Ortiz.
Ortiz dijo que los oficiales de paz uniformados son agentes de policía jurados, pero muchas veces, las funerarias tienen entidades privadas para escoltar los servicios funerarios. Estas entidades no tienen ninguna autoridad legal para impedir el tráfico o bloquear las intersecciones.
¿Qué debes hacer si te encuentras con uno?
Si te encuentras con un cortejo fúnebre, Ortiz dijo que debes poder detectar qué autos están involucrados en la procesión con un letrero funerario en el parabrisas.
El DMV afirma que también implicará lo siguiente:
- Estará dirigido por un agente de tráfico
- También llevarán los faros encendidos
También habrá uno o más oficiales de paz en motocicleta con sus luces de emergencia encendidas y guiando el tráfico, dijo Ortiz.
“Si un cortejo fúnebre viene detrás de usted y un oficial tiene sus luces de emergencia encendidas. Entonces, según la ley de California, se supone que debe apartarse a la derecha y detenerse por completo”, dijo Ortiz.
Una vez que todos los vehículos con el cartel han pasado, dijo Ortiz, es seguro suponer que puede seguir conduciendo.
¿Qué ocurre si no cedes el paso?
La Sección 2817 establece que aquellos que no cedan el paso a un cortejo fúnebre serán culpables de una infracción y pueden estar sujetos a sanciones.
“[Los conductores] estarán sujetos a las sanciones enumeradas en la subdivisión (a) de la sección 42001”, dijo Ortiz. “Pero variarían, porque cada ciudad y condado varía en sus multas”.
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Esta historia fue publicada originalmente el 22 de junio de 2023, 11:00 a. m. with the headline "¿Hay que ceder el paso a un cortejo fúnebre en California? Esto es lo que dice la ley."